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Concurso Nacional de Spot de Radio 2024

“Transmitiendo el valor del derecho a saber y la privacidad”

Con fundamento en los artículos 6o, apartado “A”, fracción VIII, párrafo primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracciones V, VI y XXII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, fracción VII, 11, 12 fracción I, y 14, fracción II de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; y 38 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) convoca a través de la Dirección General de Promoción y Vinculación con la Sociedad a la comunidad estudiantil de licenciatura y/o posgrado mayores de edad, que pertenezcan tanto a instituciones públicas como privadas , que se encuentren dentro de la República Mexicana a participar en el “Concurso Nacional de Spot de Radio 2024: "Transmitiendo el valor del derecho a saber y la privacidad” conforme a las siguientes:


BASES


I. Objetivo generalElaborar un spot de radio de manera individual o colectiva, donde se exponga la importancia de que la ciudadanía ejerza sus derechos de acceso a la información y protección de datos personales en la vida cotidiana.


II. Objetivo específicoSensibilizar a la población mexicana sobre el beneficio de conocer y ejercer sus derechos de acceso a la información y protección de datos personales. El spot de radio podrá ser utilizado como parte de las campañas de difusión y promoción del INAI, de los órganos garantes de transparencia de las entidades federativas y del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, en diferentes medios de comunicación como lo es radio, televisión, redes sociales, entre otros.


III. ¿De qué trata?Las y los estudiantes que al momento de registrarse en la presente convocatoria se encuentren estudiando en nivel de licenciatura y/o posgrado, mayores de 18 años, deberán expresar mediante un spot de radio con una duración máxima de 30 segundos, alguno de los siguientes tres temas:

  1. La utilidad social del acceso a la información pública como apoyo en el combate a la corrupción y el fortalecimiento de la integridad en el sector público.
  2. La importancia de la transparencia y rendición de cuentas de las instituciones públicas del país.
  3. La relevancia de la protección de datos personales en las redes sociales y medios digitales.

Dichos trabajos podrán estar orientados a aquellos sectores de la población y/o personas que, por diferentes factores, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden ejercer, en igualdad de condiciones, los derechos humanos de acceso a la información y protección de datos personales y, por lo tanto, requieren de la atención e implementación de acciones, medidas y políticas por parte de instituciones públicas. Entre éstos se encuentran las personas pertenecientes a los pueblos indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad, mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y migrantes, entre otros.

El spot debe registrarse y/o enviarse al INAI; ya sea de forma electrónica por medio del micrositio del concurso o bien, por correo postal.

 

IV. Fundamento de los temas

La transparencia de las instituciones públicas y el derecho de acceso a la información son temas cada vez más visibles como parte del proceso de democratización que vivimos en México. El Estado, a través de las Instituciones y Organismos Garantes, fortalece la garantía individual de acceso a la información pública, para que a través de tecnologías y procedimientos sencillos y asequibles cualquier persona pueda obtenerla. Al ejercer este derecho, se fomenta la participación ciudadana, proporcionándole al habitante el conocimiento necesario que le permitirá proponer, intervenir y dar seguimiento en la toma de decisiones de los tres niveles de gobierno, así como evaluar el desempeño de los mismos. No obstante, según datos de la Encuesta Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales 2019 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el 54.8% de la población manifestó́ que conocía o había escuchado sobre la existencia de una institución de gobierno que garantiza el Derecho de Acceso a la Información Pública. De este segmento, el 46.2% mencionó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Del total de la muestra, el 3.6% afirmó haber realizado alguna vez una solicitud formal de información. Durante las últimas dos décadas la expansión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) diversificó en nuestro país los medios a través de los cuales las personas se enteran de lo que ocurre en su contexto. El uso cada vez más frecuente de internet y las redes sociales digitales en las nuevas generaciones, aunque permite el acceso a nuevas fuentes de información es un espacio de riesgo para su vida privada. Por lo anterior, se debe reflexionar acerca de la protección, tratamiento legítimo, controlado e informado de la información personal, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de todos los integrantes de la población, sin detrimento de reconocer las ventajas y facilidades que dichas herramientas tecnológicas nos proporcionan en la vida diaria; sin embargo, es necesario que las autoridades y las personas en general establezcan limites que salvaguarden la vida privada, respecto al manejo de la información personal. Asimismo, es importante considerar que muchos hablantes de lenguas indígenas también hablan español, es decir, son bilingües. El reconocimiento de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y la cláusula de igualdad permite que, con base en la ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, todas las personas en igualdad de condiciones tengan derecho de acceder a la información que “posea cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial; órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios”.

 


V. Requisitos esenciales del spot de radio
 

  1. El spot deberá tener un título, que se plasmará al guardar el archivo.
  2. Elegir uno de los tres temas señalados en la sección “III. ¿De qué trata?” de la presente convocatoria.
  3. El spot deberá́ tener una duración máxima de 30 segundos y estar grabado en formato MP3, no se aceptará ningún otro formato.
  4. Solo se podrá presentar un spot por participante o por equipo. El spot de radio desarrollado en equipo recibirá solo un premio por proyecto y no por cada participante, quedando bajo la responsabilidad del equipo la distribución del premio que reciban si resultan ganadores.
  5. El trabajo no deberá mencionar explícitamente el nombre del INAI o de cualquier otro órgano garante, para que el spot de radio ganador pueda utilizarlo cualquier institución garante de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.
  6. El spot no debe contener datos personales que permitan identificar al autor o los autores.
  7. El trabajo que se presente deberá ser original e inédito y, por tanto, no haber ganado hasta en dos en ediciones anteriores de este concurso, ni en otros similares de esta dirección.

Quienes participen evitarán el plagio total o parcial de obras publicadas en cualquier medio, así como de la autoría de terceros (familiares, amigos, conocidos, etc.).

La omisión de alguno de los requisitos antes señalados es motivo de descalificación.


VI. ¿Cuándo se presentan?
La recepción de los spots será a partir del 08 de abril y hasta el 08 de agosto de 2024, a las 23:59 horas (hora de la Ciudad de México). Una vez recibidos, no podrán ser retirados del concurso.


VII. ¿Quiénes pueden participar?
La convocatoria estará abierta para todos aquellos estudiantes vigentes de licenciatura y/o posgrados mayores de 18 años que cursen sus estudios en escuelas e instituciones de educación superior (universidades nacionales, locales, tecnológicas, politécnicas, interculturales), públicas y/o privadas de todo el país; y lo podrán hacer de forma individual o colectiva.

En caso de que el proyecto sea presentado en equipo, se deberá nombrar un representante conforme se indica en la siguiente sección.

En ninguna circunstancia podrán participar familiares directos del Comité Organizador y/o del Jurado Dictaminador de este concurso.


VIII. ¿Cómo registro mi trabajo?
Hay dos formas de hacernos llegar tu trabajo:

  1. En el portal del micrositio del concurso: https://concurso.inai.org.mx/spot y deberán llenar un formulario de registro y cargar su spot en formato MP3.
     
  2. Por correo postal, enviar el trabajo grabado en un CD y/o memoria USB en el formato requerido junto a una hoja que contenga todos los datos que se solicitan en los párrafos siguientes.

    Datos de envío: Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, INAI. Dirección General de Promoción y Vinculación con la Sociedad. Domicilio: Insurgentes Sur No. 3211, colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México. C.P. 04530.

Cualquiera de las dos opciones anteriores requerirá de manera obligatoria los siguientes datos:

  • ● Nombre completo del concursante o representante del equipo
  • ● Seudónimo
  • ● Edad del participante o del representante del equipo.
  • ● Sexo (para fines estadísticos)
  • ● País de origen (para fines estadísticos)
  • ● Título del spot
  • ● Domicilio (Calle, Colonia, Alcaldía o Municipio, Ciudad, Estado y Código Postal)
  • ● Teléfono
  • ● Correo electrónico
  • ● Nombre de la institución educativa donde cursa sus estudios

Las y los participantes garantizan la autenticidad de todos aquellos datos que proporcionen y se comprometen a mantenerlos actualizados durante la vigencia de la convocatoria; en caso de existir modificación alguna deberá notificarlo al correo electrónico concursos@inai.org.mx.

 

IX. Requisitos adicionales del Registro

  1. Deberán señalar durante su registro que: conocen y aceptan las bases de la presente convocatoria, y el aviso de privacidad del concurso.
     
  2. Adicionalmente se deberá́ proporcionar la siguiente información:

    a) El spot de radio inscrito deberá firmarse con seudónimo en formato MP3, (el archivo no debe contener los datos que permitan identificar al autor). El nombre del archivo debe ser el título del spot.
    b) Copia de identificación oficial vigente por ambos lados, como puede ser, credencial para votar expedida por el INE, pasaporte o licencia de conducir.
    c) Constancia de inscripción de la institución, en la que acredite que al momento del registro se encuentra cursando estudios universitarios en formato PDF o credencial vigente.

    Si el proyecto se presenta en equipo, el archivo deberá contener este documento por cada integrante.

    d) Para los proyectos presentados en equipo, se deberá́ presentar en formato PDF, una carta firmada por los integrantes de este, en la que se designe al representante del equipo, adjuntando identificaciones oficiales de todos los autores. El formato se encuentra disponible para su descarga en el micrositio del concurso, en la sección Documentos de Apoyo.

    e) En caso de utilizar algún tipo de música o sonido de fondo, debe ser inédito o de libre acceso. El participante o el representante del equipo debe adjuntar en el registro en formato PDF, una carta donde manifieste que tiene los derechos sobre el material que envía al concurso y cede los mismos al INAI, al Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información pública y Protección de Datos Personales y/o a los institutos locales de transparencia y acceso a la información pública para que puedan hacer uso de este con fines promocionales del material, reciba o no algún premio.

    (El formato se encuentra disponible para su descarga en el micrositio del concurso, en la sección Documentos de Apoyo.)

El incumplimiento de alguno de los anteriores requisitos es motivo de descalificación.

 


X. Motivos de descalificación
 

  • Cualquier tipo de plagio.
  • Utilizar en los trabajos un lenguaje que fomente, promueva o incite, directa o indirectamente, el odio, hostilidad, discriminación y violencia hacia personas y grupos de la población.
  • Quienes en este concurso haya resultado ganadores hasta en dos ediciones anteriores obteniendo el primero, segundo, tercer lugar o mención honorífica, para dar oportunidad de ganar a otros concursantes.
  • La recepción después de las 23:59 horas, huso horario de la zona centro de México del 08 de agosto de 2024; aun cuando el sello postal refiera fecha anterior, considerando que el sello, así como el acuse de registro que se tomará en cuenta es el de INAI.
  • La falta de cumplimiento de alguno de los requisitos esenciales establecidos en la presente convocatoria o requisitos solicitados como obligatorios y referidos en párrafos anteriores.

 


XI. Comité Organizador
Es el órgano encargado de promover, organizar y coordinar el Concurso Nacional de Spor de Radio 2024, también define la interpretación y los casos no previstos en estas bases, apego al marco legal vigente.

El Comité Organizador estará integrado por las y los titulares de la Dirección General de Promoción y Vinculación con la Sociedad, quien presidirá el Comité; así como de las y los titulares de la Dirección General de Vinculación, Coordinación y Colaboración con Entidades Federativas; y la Dirección General Técnica, de Seguimiento y Normatividad del Sistema Nacional de Transparencia, quienes contarán con voz y voto. Además, se tendrá un secretario técnico, cargo que recaerá en el Director de Promoción.

El Comité Organizador nombrará a los cinco integrantes que conformarán el Jurado Dictaminador, seleccionando para ello a reconocidos especialistas en materia de derecho de acceso a la información, transparencia, rendición de cuentas, protección de datos personales y medios de comunicación, quienes definirán el proceso de evaluación de trabajos y la designación de los ganadores.

Las decisiones del Comité Organizador serán válidas, si tienen mayoría de votos a favor.

El Comité Organizador del Concurso evaluará previamente los spots, para verificar que cumplan con los requisitos esenciales señalados y la temática del certamen. Aquellos que cumplan con los requisitos de la convocatoria serán puestos a disposición del Jurado Dictaminador.


XII. Jurado Dictaminador
El Jurado Dictaminador es la instancia encargada de evaluar los spots y nombrar a los ganadores. Estará́ compuesto por cinco integrantes, quienes serán especialistas en materia de derecho de acceso a la información, transparencia, rendición de cuentas, protección de datos personales y/o medios de comunicación.

Será presidido por un integrante electo el mismo día de su instalación, quien coordinará las sesiones y promoverá el ambiente propicio para la deliberación.

Una vez electa la persona Presidente del Jurado Dictaminador, pondrá a consideración de los demás integrantes del Jurado el método y los criterios de evaluación de los trabajos y de selección de los ganadores para su discusión y deliberación en la misma sesión.

El Director de Promoción fungirá como Secretario Técnico del Jurado, con derecho a voz, pero sin voto, con el fin de asistir a la persona Presidente, documentar las sesiones y en general apoyar a los integrantes del jurado en el óptimo desempeño de sus funciones.


XIII. Evaluación
El jurado establecerá el método y los criterios de evaluación, considerando los siguientes aspectos:

  • Claridad del contenido
  • Creatividad para la exposición del mensaje
  • Apego a los temas del concurso
  • Calidad de producción (aspectos técnicos y semánticos)
  • Creatividad para generar un trabajo que incluya a distintos sectores sociales.

El Jurado podrá decretar desierto alguno de los lugares o el concurso, en caso de que ningún trabajo cumpla con la calidad mínima establecida por el jurado, los requisitos o la temática de la convocatoria.

El fallo del Jurado será inapelable.


XIV. Premiación
El Secretario Técnico del Jurado deberá notificar el fallo a los ganadores del primer, segundo y tercer lugar; indicándoles los premios a los que se hicieron acreedores y la cita para la ceremonia de entrega de los reconocimientos.

Los resultados se darán a conocer una vez que el jurado emita el fallo y serán publicados en el sitio del concurso, en la dirección electrónica https://concurso.inai.org.mx/spot y en los medios que el Comité́ Organizador considere convenientes.

Los premios para los ganadores de los 3 primeros lugares y hasta dos menciones honoríficas son:


Primer Lugar

  1. Un Reconocimiento
  2. Un Cheque nominativo por $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.)

Segundo Lugar

  1. Reconocimiento.
  2. $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N.).

Tercer Lugar

  1. Reconocimiento.
  2. $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.).

Menciones honoríficas

  1. Reconocimiento.
  2. $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M.N.).

Los premios serán otorgados por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, por medio de un cheque a nombre del ganador o, en su caso, del representante del equipo el día de la premiación, quienes deberán presentar credencial de elector en original y una copia de su spot ganador en formato MP3, según corresponda.

Así mismo, los autores ganadores de los primeros lugares y las menciones honoríficas aceptan ceder los derechos del spot concursante al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y le autorizan la reproducción parcial o total con fines de divulgación y promoción; cesión de derechos que deberán ratificar por escrito y entregar al INAI con firma autógrafa.

Los trabajos ganadores podrán ser utilizados en campañas de difusión y promoción del INAI, de los organismos garantes de transparencia de las entidades federativas y del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información pública y Protección de Datos Personales.


XV. Ceremonia de premiación
Para los tres primeros lugares y las dos menciones honoríficas se les apoyará con viáticos y pasajes a la sede de la ceremonia de premiación en caso de radicar a más de 50 km a la redonda de la ciudad donde se lleve a cabo dicho evento, solo dentro del territorio nacional; con los montos monetarios establecidos en los lineamientos internos del INAI vigentes al momento de realizarse dicho evento.

Lo anterior dependerá de las condiciones biosanitarias; si existe impedimento para realizar el acto presencial, la premiación se realizará a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación que el INAI establezca.

La lista de los ganadores se dará a conocer a través de la página en internet del Instituto y de los medios que el Comité Organizador considere adecuados.

La premiación se llevará a cabo en la fecha, lugar y horario que defina el INAI.

Los ganadores que no pudieron asistir a la ceremonia de premiación tendrán 30 días hábiles posteriores a la ceremonia de premiación para acudir a las instalaciones del INAI para recoger el cheque. Es importante mencionar que el cheque tiene una vigencia de 180 días a partir de su expedición, y transcurrido ese tiempo no habrá reimpresión.


XVI. Protección de datos personales
Se informa a los participantes que los datos personales se tratarán para atender y gestionar la solicitud de participación formulada. Para esta convocatoria se utilizará la información proporcionada por los participantes.

El aviso de privacidad se encuentra disponible en el sitio en internet del concurso. En cualquier momento, el participante podrá́ ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de sus datos personales (derechos ARCO) directamente ante la Unidad de Transparencia de este Instituto, ubicada en Avenida Insurgentes Sur 3211, en la Colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, código postal 04530, Ciudad de México, o bien, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (http://www.plataformadetransparencia.org.mx) o en el correo electrónico unidad.transparencia@inai.org.mx.

Los participantes garantizan la autenticidad de todos aquellos datos que proporcionen y se comprometen a mantener actualizados durante la vigencia de la convocatoria.


XVII. Disposiciones generales
La participación en esta convocatoria implica la plena aceptación de las bases. La interpretación de estas o de cualquier aspecto no señalado en ellas, corresponde única y exclusivamente al Comité́ Organizador.

Para cualquier aclaración sobre las bases, se pone a su disposición el servicio del Tel-INAI (800 835 4324) en un horario de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y viernes de 09:00 a 15:00 horas, o el correo electrónico concursos@inai.org.mx.


XVIII. Fuentes:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enaid/2019/doc/enaid_2019_principales_resultados.pdf


¡PARTICIPA!

 

*Notas: Las fechas establecidas en esta convocatoria podrán estar sujetas a cambios. El aviso de privacidad se encuentra a disposición en el micrositio del concurso: https://concurso.inai.org.mx/spot​​​​​​​